07/03/2026
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Xalapa, Ver. 05 de Marzo de 2026. La diputada María Elena Córdova Molina presentó a la Diputación Permanente una iniciativa que prevé reformar el Artículo 61 de la Ley Orgánica del Municipio Libre a fin de establecer que las personas que ejercen la titularidad de una Agencia o Subagencia Municipal tendrán el carácter de servidoras públicas que desempeñarán sus funciones como auxiliares de los Ayuntamientos y, sin excepción, deberán recibir una remuneración que tendrá que incluirse en el Presupuesto de Egresos del municipio que corresponda.

En su intervención durante la séptima sesión ordinaria, la legisladora dijo que, por su ámbito de acción y en observancia a las leyes que resulten aplicables, se desprende que las Agencias y Subagencias son cruciales en la generación de condiciones de tranquilidad y seguridad en aras de mantener el orden y la paz social en su demarcación.

Tras puntualizar que las disposiciones para la elección de una Agencia o Subagencia Municipal están señaladas en el Artículo 172 de la Ley Orgánica del Municipio Libre y que el procedimiento puede ser mediante auscultación, consulta ciudadana o voto secreto, la diputada subrayó que las personas que llegan a estos cargos enfrentan múltiples barreras, tales como trabajar sin recibir una remuneración o que ésta no sea proporcional al desahogo de las diversas encomiendas que realizan.

Recordó algunas prácticas dilatorias de gobiernos municipales que solicitan al Congreso la autorización para celebrar actos jurídicos, que en su mayoría son improcedentes, con el ánimo de ganar tiempo y así evitar pagar remuneraciones a quienes acreditan su derecho.

Agregó que la omisión legislativa, además de aumentar el número de expedientes promovidos por quienes no reciben una remuneración, impacta negativamente en las mujeres y hombres que ponen sus esfuerzos por servir, con vocación y amor a sus comunidades, a través de una Agencia o Subagencia Municipal.

De igual manera, se contempla también incorporar un lenguaje inclusivo al sustituir la mención referida a que los Agentes y Subagentes Municipales son servidores públicos por, “las personas que ejercen la titularidad de una Agencia o Subagencia Municipal tienen el carácter de servidoras públicas”.

La Mesa Directiva instruyó remitir la iniciativa a la Comisión Permanente de Hacienda Municipal.